Denunciamos Empresas Y Despachos Que Dan Solución A La Salida De La Multipropiedad
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Alerta ante las informaciones engañosas sobre empresas como solución a la salida de la multipropiedad
“Internet lo carga el diablo”, pero para la mayoría de las cosas en la vida basta con aplicar el sentido común para no resultar engañado.
Esto te puede interesar:Chanchullos de la Multipropiedad: Salir de Contratos Indefinidos LegalmenteEs posible que encuentren artículos sobre el enorme peligro que conlleva contratar a algunas empresas y despachos que aparecen en la red como solución a la salida de socios del sistema de la Multipropiedad. Camuflados de salvadores de los pobres socios de tiempo compartido, es fácil encontrar artículos que alertan sobre irregularidades incluso de despachos de abogados que ofrecen sus servicios para cancelar una multipropiedad o recuperar rápidamente el dinero invertido. Además, al parecer, hay que tener un especial cuidado con aquellas empresas o despachos que hagan más publicidad para no ser víctima de una estafa. Ojo, que el de estafa es un delito bastante grave.
Apliquemos el sentido común del que hablamos para que ustedes puedan discriminar entre una información veraz y tonterías desesperadas de quien, habitualmente, también está en el negocio, aunque intente no parecerlo. Desde Asesores y Consultores Asociados, ofrecemos información siempre veraz; así que, vayamos por partes.
Para empezar, una página de Internet tiene un autor. Si se trata de una empresa, deberá constar su CIF; y si es un particular, de quién se trata con su número de DNI. Hay varias formas de encontrarlo, pero habitualmente a final de cada página de internet debe aparece un copyright con el nombre de la empresa y siempre pueden buscar el aviso legal de dicha página. A veces hay que buscar un poco, pero si teclean el nombre de la empresa y aviso legal en Google, por ejemplo, les llevará directamente a todos los datos de dicha empresa. Si no, dentro de la propia web en el buscador que incluya también debe de aparecer. Si no consiguen encontrar quién está detrás de una página web, desconfíen siempre.
Esto te puede interesar:Denunciar MultipropiedadAunque pueda parecer una obviedad, busquen opiniones y reseñas por la red. Google es muy serio con sus reseñas.
Y después, analicen el contenido. Comparen la calidad de las páginas que visitan. Puede resultar una obviedad; pero la calidad del contenido, tanto formal como de fondo, les puede dar una pista de qué están visitando. Esto Google se lo toma muy en serio, y las páginas que se encuentran mejor posicionadas son las tienen mejor información.
¿Por qué desconfiar de quién hace publicidad?
Por ningún motivo. Para empezar, la publicidad online es bastante cara. Si se hace, es porque la empresa en cuestión tiene dinero para ello con lo cual es solvente y además no tiene problema en publicitar su marca y sus servicios.
Además de lo aparentemente visible, una empresa, despacho de abogados o cualquiera que cobre por un servicio, tiene que emitir un presupuesto, hoja de encargo y, sobre todo, una factura. En estos documentos tiene que figurar un CIF, dirección social o fiscal y estar claramente determinados los servicios que se ofrecen, su coste y la forma de pago. Depende de la cantidad, podrían ustedes pagar en efectivo; pero lo mejor es hacer una transferencia bancaria que quede constancia de lo abonado. desconfíe de quien quiere defraudar a hacienda sin emitir factura.
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Si consultan ustedes con Asesores y Consultores y nos transmiten ideas erróneas sobre el procedimiento, nuestro trabajo es aclararlas ofreciendo información concreta, pero en todas las ocasiones, les diremos que ante cualquier duda consulten con su Notario. Si hablan con alguien que les “corta” el canal de comunicación, desconfíen.
Analicemos de qué formas puede uno deshacerse de una multipropiedad. Básicamente son 3:
- Que un juez decrete la nulidad de la compra inicial. No siempre se puede, obviamente, hay una serie de requisitos importantes que se deben cumplir para interponer una demanda con seguridad.
- Llega a un acuerdo de resolución con la otra parte. Las comercializadoras están “desaparecidas” con lo cual es imposible. La otra parte, de forma genérica, sería el complejo, su empresa propietaria. Es muy difícil alcanzar este tipo de acuerdos. Si se consigue hay que formalizar una transmisión (cesión o compraventa)
- Transmitir la semana a un tercero.
Vamos a situarnos en las dos segundas opciones en las que la fórmula es una transmisión mediante una compraventa.
Esto te puede interesar:Sentencias De MultipropiedadSi la compra inicial se realizó mediante contrato privado, se puede hacer la venta por contrato privado sin problema y por el precio que acuerden ambas partes. Les recordamos que el Banco Popular se vendió por un euro.
Si la compra inicial se hizo por escritura pública, también se podría transmitir por contrato privado, pero lo suyo es hacer una nueva escritura ante notario.
¿Qué ocurre si las dos partes no se encuentran en el mismo lugar?
Pues absolutamente nada. Existe un procedimiento en el que cada parte firma en el lugar en el que se encuentre. Lo ideal es que sea el vendedor el que ratifique, ya que así tiene el control absoluto de la operación: hasta que no ratifique en su notaría la compraventa no se ha hecho efectiva. ¿Esto puede dar algún problema? Absolutamente ninguno, de hecho, es recomendable ya que firmarán en una notaría elegida por ustedes y sin relación con la otra parte. ¿Está garantizada la eficacia de la venta? Por su puesto, por dos notarios. ¿Puede alguien que no esté debidamente apoderado firmar en nombre de una empresa o algo similar? De ninguna manera: dos notarios dan fe de las identidades de los intervinientes. Acusar a un notario de algo así es muy grave. No obstante, insistimos, vayan a preguntar directamente a la fuente: pregunten en una notaría y comprobarán que les decimos la verdad.
Esto te puede interesar:Abogados Especialistas En MultipropiedadComprar para vender
No existe ninguna obligación de que el comprador sea un inversor. Es decir, que compre para vender. Tampoco hay forma legal de anular una compraventa porque la empresa que haya comprado la semana no comercialice después con ella o se vaya a la quiebra. Esto es una soberana tontería. Los complejos no pueden anular compraventas realizadas por los socios y autorizadas notarialmente: directamente es imposible.
¿Y si quien ha comprado no paga el mantenimiento después?
¿Y si a quien usted ha vendido su casa no paga el IBI tras la compra? Pues lo mismo, nada. Ustedes son responsables de las cuotas de mantenimiento anuales mientras sean propietarios; después, no. Es cierto que existen ciertas afecciones sobre la finca (la semana), cosa que a quien ya no es propietario le da igual y podría haber una responsabilidad extendida sobre una futura deuda en caso de que no se comunique la transmisión. Obviamente, si realizan una gestión de desvinculación con un profesional experto, el asunto de la comunicación formará parte de la gestión presupuestada. Es decir; se vende, se comunica la venta a la comunidad de propietarios o a la empresa administradora y se acabó el problema. Sin más, el resto son paparruchas.
¿Y el registro de la propiedad?
El cambio de inscripción en el registro no es una obligación legal en España, salvo que medie una hipoteca bancaria. A partir de ahí, es una decisión de quien compra y vende tramitar o no el cambio.
Si con posterioridad a la venta y hecha la comunicación (insistimos en este extremo porque es fundamental), el vendedor siguiera siendo titular registral, el único problema (que no lo es) que pudiera tener es que le notificaran que se va a embargar ese título del que ya no es propietario, cosa que obviamente la va a dar igual porque ya no es suyo. El Tribunal Supremo ha sido clarísimo al respecto.
No obstante, no está demás (depende de las circunstancias registrales previas) hacer el cambio de inscripción.
En Asesores y Consultores Asociados les argumentamos nuestros criterios con la ley en la mano.
Desconfíen de quienes les dicen que las cosas no son así porque no, porque lo dicen ellos en sus fantásticas webs.
Que una ratificación de una multipropiedad no es segura
Falso, pues explíqueme usted por qué, porque más allá de acusar a un notario de un par de delitos, no hay otra.
Que los complejos anulan compraventas
Falsedad, Pues dígame usted qué complejos, cuántas han anulado y dónde están las sentencias de nulidad.
Y así con todo. Verifiquen las informaciones y atiendan a aquellos que les dan argumentos y no frases magnificadas de yo sé, es que verás lo que va a pasar y los otros son muy malos.
En definitiva, quien les ofrece un servicio jurídico tiene que tener un CIF, una dirección social, enviarles una hoja de encargo o presupuesto, si es una abogado su número de colegiado y, en todos los casos, cobrar mediante factura y a ser posible con registro bancario de la operación.
Conclusión
Desconfíe de quien miente, desconfíe de quién no le de una factura detallada, desconfíe de quien solo derive a sus «abogados de confianza» y todos los demás sean malos malísimos, desconfíe de personajes sin un mínimo de formación, y sobre todo desconfíe de quien no le de una detallada hoja de encargo por lo que va a contratar.
Visite este artículo sobre herencia y sentencias.
Buenas Tardes, creo que hace tiempo Junio de 2023 estuve hablando con la señorita Catalina sobre Ogisaka Garden, por motivo de salud no pude seguir.
Seria posible volver a comunicarme con ustedes,
A la espera de sus noticias.
Gracias
Estaremos encantados de atender su llamada.